Normas deontológicas de los gestores intermediarios en promociones de edificaciones
 

Norma 1.- Deber general de diligencia y fidelidad

Los Gestores Intermediarios en Promociones de Edificaciones desempeñarán su actividad profesional con la diligencia propia de un buen y leal gestor y mandatario, ajustando su conducta a las presentes normas deontológicas.

Norma 2.- Deber de confianza, respeto y confidencialidad

Los Gestores Intermediarios en Promociones de Edificaciones deberán basar su relación profesional con el cliente en los principios de confianza, de respeto y de confidencialidad respecto a las informaciones reservadas que reciba.

Cuidará de la veracidad y exactitud de toda información que suministre, manifestando inmediatamente si está actuando como gestor intermediario o por su propio interés.

Norma 3.- Deber de defensa de los intereses del cliente

Los Gestores Intermediarios en Promociones de Edificaciones deben representar, defender, proteger y apoyar los intereses de sus clientes, debiendo rechazar aquellos encargos que impliquen conflicto de intereses con sus propios asuntos o el de otros clientes que atiendan.

Norma 4.- Deber de responsabilidad y difigencia profesional

Los Gestores Intermediarios en Promociones de Edificaciones deben desempeñar responsable y diligentemente sus funciones profesionales, no debiendo aceptar encargos o gestiones si no poseen la adecuada cualificación que requieran aquellos, sin perjuicio de poder atenderlo cuando puedan completar su servicio mediante la ayudade otros profesionales o expertos para el buen fm de la. misión encomendada.

Asimismo, y no obstante lo dispuesto en la norma anterior, deben procurar un desempeño objetivo de su actuación, respetando los legítimos intereses de las personas distintas de su cliente con quien contrate.

La responsabilidad a la que se refiere esta norma y observancia de este código deontológico, implica la de observancia por los empleados del Gestor Intermediario Promociones de Edificaciones, quien responderá de comportamiento en cuanto constituya “culpa in vigilando”.

Norma 5.- Deber de fidelidad y cooperación con otros Gestores

Los Gestores Intermediarios en Promociones de Edificaciones deben mantener una actitud de comunicación con otros profesionales de la misma actividad, procurando cooperar en el robustecimiento de los lazos de unión y compañerismo entre los Gestores Intermediarios en Promociones de Edificaciones.

A un Gestor Intermediario en Promociones de Edificaciones no le está permitido hacer negocios o empezar negociaciones con clientes de gestores compañeros, si conociéndolo, no advierte de ello a dicho compañero.

Norma 6.- Deber de contribuir a la dignidad de la profesión

Los Gestores Intermediarios en Promociones de Edificaciones deben desempeñar su actividad velando por el prestigio de la profesión, evitando actitudes, conductas, métodos y comportamientos que falten o atenten contra su dignidad, cuidando de cumplir siempre y escrupulosamente la legalidad vigente y de atender el interés de consumidores y usuarios.

Norma 7.- Ejercicio personal de la profesión

Los Gestores Intermediarios en Promociones de Edificaciones ejercerán su profesión de Gestores Intermediarios a título personal, sin perjuicio de las fórmulas sociales que utilicen para la explotación comercial.

Norma 8.- Deber de respeto a las normas estatutarias

Los Gestores Intermediarios en Promociones de Edificaciones deben ajustar su actuación a las prescripciones de los Estatutos de la Asociación de Gestores Intermediarios en Promociones de Edificaciones, dando conocimiento a la misma de las actuaciones en que como tales intervengan, si así se requiere.

Asimismo, los Gestores Intermediarios en Promociones de Edificaciones deberán respetar las normas estatutarias y los códigos deontológicos o de honor de las confederaciones o federaciones de las cuales sea miembro la Asociación de Gestores Intermediarios en Promociones de Edificaciones.

 
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